El jueves 8 de octubre, salió publicada en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 861/2020 de la Comisión Nacional de Valores la cual adapta la regulación vigente relativa a la colocación de obligaciones negociables a los fines de brindar a las emisoras ciertas herramientas para sanear y/o administrar de manera eficiente su nivel de endeudamiento y reprogramar la estructura de su deuda.
En tal sentido, la Resolución modifica el proceso de colocación de dichos valores en lo que respecta a la posibilidad de integrar la emisión de nuevas obligaciones negociables con valores negociables previamente colocados en forma privada u otros créditos preexistentes.
Del mismo modo, la Resolución busca encuadrar procesos de reestructuración de deudas corporativas, permitiendo que una parte de las deudas sin oferta pública puedan convertirse a obligaciones negociables con oferta pública, tanto en el marco de procesos voluntarios o en el contexto de concursos o acuerdos preventivos extrajudiciales.
Por otro lado, - a los fines de garantizar la transparencia del proceso- la Resolución establece la obligatoriedad de poner a disposición de la Comisión Nacional de Valores la documentación que acredite la existencia de los valores negociables objeto del canje, demás acreencias, su estado,
valor y registraciones contables.
Al mismo tiempo, la Resolución prevé la posibilidad de reducir el plazo mínimo de difusión cuando la emisión se encuentre dirigida a inversores calificados. La posibilidad de reducir dicho plazo no procederá cuando se trate de emisiones destinadas a la refinanciación de deudas sin oferta pública.
Por Agustín Cerolini y Julieta Mel
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