Mediante la Resolución General 1013/2024 (la “Resolución”), publicada en el Boletín Oficial el 16 de agosto de 2024, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) establece la posibilidad de que los Organismos Multilaterales de Crédito de los cuales Argentina sea miembro puedan actuar en calidad de garantes de los instrumentos del mercado de capitales a ser emitidos por PyMEs, en los términos del artículo 1° de la Sección I del Capítulo VII del Título II de las Normas de la CNV, a través de un trámite de inscripción simplificado ante CNV.
En ese sentido, únicamente se requiere la previa presentación de una nota de solicitud que acredite su calidad de Organismo Multilateral de Crédito y sus funciones en relación al otorgamiento de avales; y el link de acceso público donde constará la información publicada respecto de los avales otorgados por ésta sobre los instrumentos del mercado de capitales del país.
Finalmente, la CNV mencionó que el fin de la Resolución es ampliar y diversificar la oferta de avalistas, potenciar el financiamiento de las Pequeñas y Medianas Empresas (“PyMES”), permitir su acceso al capital y fomentar el desarrollo del mercado de capitales, debido a que ayudará a promover un entorno más favorable para las inversiones.
Por Agustín L. Cerolini, Martín Chindamo y Valentina Circolone
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