El 30 de julio, mediante la Resolución General N°4776/2020, la AFIP prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive:
(i) la utilización obligatoria del servicio con clave fiscal denominado “Presentaciones Digitales” para realizar electrónicamente determinadas presentaciones y/o comunicaciones.
(ii) la dispensa a los contribuyentes y responsables, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.
(iii) el blanqueo de Clave Fiscal por medio de los cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias asignando el Nivel de Seguridad 3, cuando previamente se les hubiera otorgado un nivel de seguridad inferior.
(iv) la acreditación de personas humanas como apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, suministrando la documentación requerida mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”.
Por otro lado, la Resolución General N°4781/2020 extendió la posibilidad de adhesión al régimen de facilidades de pagos aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social en el marco de la Resolución General N°4718, cuya caducidad haya operado hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas. La adhesión al dicho régimen podrá efectuarse hasta el día 31 de agosto de 2020, inclusive.
Por Javier Malamud y Aylén López
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