Como consecuencia de una nueva resolución de la Unidad de Información Financiera (UIF), las entidades financieras deberán exigir un legajo y una declaración jurada sobre el origen de los fondos a aquellos clientes que realicen operaciones por un monto mayor a los 500 mil pesos al año.
De acuerdo a la resolución, aquellos clientes bancarios que registren un promedio mensual de operaciones superior a los $41.666 deberán brindar los datos necesarios para que la entidad pueda confeccionar el legajo, así como también presentar una declaración jurada sobre la licitud y el origen de los fondos, a la vez que en caso de ser necesario, la documentación respaldatoria que permite establecer su situación patrimonial y financiera.
A diferencia de lo que ocurría anteriormente a esta nueva resolución, donde si bien el Banco Central podía informa a la UIF sobre los incumplimientos que detectara, el organismo no poseía facultades para imponer una sanción, mientras que por la nueva resolución, y el decreto firmado en diciembre, los que violan tal obligación formarán parte de un expediente en la UIF.
Por otro lado, la nueva resolución acortó el plazo para presentar el reporte de operación sospechosa, debido a que acorta de 180 a 30 días el plazo para que los bancos reportes las operaciones sospechosas de lavado de dinero.
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