Incremento de las tasas de interés resarcitorio y punitorio por deudas tributarias, previsionales y aduaneras

El 22 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 3/2024 del Ministerio de Economía que establece nuevas tasas de interés resarcitorio y punitorio mensual por deudas tributarias, previsionales y aduaneras. 

 

En relación a la tasa de interés resarcitorio mensual vigente en cada bimestre, será equivalente a 1,3 veces la tasa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.

 

Respecto de la tasa de interés punitorio mensual vigente en cada bimestre, será equivalente a 1,5 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.

 

Para el caso de que las obligaciones se encuentren expresadas en dólares estadounidenses o deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago, las tasas de interés aplicables para los supuestos mencionados en los párrafos precedentes serán del 0,83% y del 1% mensual respectivamente.

 

Para los supuestos de devoluciones, reintegro, compensaciones,  acciones de repetición y otros casos, la tasa de interés aplicable será la efectiva mensual surgida de considerar el promedio de la tasa que publica el Banco Central de la República Argentina por depósitos a 30 días de entidades financieras. Para el caso de conceptos expresados en dólares estadounidenses, la tasa de interés aplicable será del 0,20% mensual. 

 

Asimismo, la Resolución deroga a la Resolución N° 559/2022 del Ministerio de Economía. 

 

La Resolución tendrá efectos desde el 1 de febrero de 2024. 

 

Por Andrés M. Galíndez y Germán A. Martín Quirán

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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