Elevan Multas a los Bancos que No Cumplan con la Disposición Cambiaria del Central

Una de las últimas disposiciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA) obligaba a las entidades bancarias a mantener un monto máximo de divisas extranjeras como reservas, pero no todos la cumplieron.

 

Ahora el Central quintuplicó las sanciones para los bancos y entidades financieras que no cumplan con las regulaciones. Además del cobro de multas, se les podrá revocar la autorización para operar en el mercado único de cambio.

 

Algunos bancos privados que tienen acuerdos de operaciones a futuro con clientes y operadores buscaron evitar el cumplimiento de la norma y transfirieron esos contratos a sociedades propias.

 

Con el mecanismo antes mencionado, las entidades podían ocultar los contratos de los balances y evitar el pago de multas y apercibimientos. Otros bancos, por su parte, decidieron afrontar las sanciones.

 

El Banco Central incluyó las sanciones previstas en la ley de entidades financieras y actualizó las multas “a un cargo equivalente a 1,5 vez la tasa de interés nominal anual” de las letras y notas que emite la entidad (Lebac y Nobac, principalmente).

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan