El BCRA prorrogó el plazo para cumplimentar el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes”

El Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”), a través de la Comunicación “A” 7273 de fecha 29 de abril de 2021 (la “Comunicación 7273”), prorrogó:

 

  • hasta el 31 de mayo de 2021, el vencimiento del plazo para que aquellos exportadores e importadores incluidos en el listado de sujetos obligados dado a conocer a través de la Comunicación «C» 89476 de fecha 21 de marzo de 2021 (los “Sujetos Obligados”), cumplimenten el «Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” establecido por la Comunicación «A» 7200 (el “Registro”); y
  • hasta el 1° de junio de 2021, la fecha a partir de la cual las entidades financieras deberán contar con la conformidad previa del BCRA para dar curso operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios a ser realizadas por Sujetos Obligados cuyo trámite de cumplimiento con el Registro conste como “No Inscripto”.

Acceda al texto completo de la Comunicación 7273 aquí.

 

Por Sebastián Luegmayer y Alejo Muñoz de Toro

 

 

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