A través de la Comunicación “A” 7209, de fecha 25 de enero de 2021, el Banco Central de la República Argentina realiza ciertas adecuaciones a los regímenes informativos “Reclamos” y “Transparencia”, como consecuencia de la emisión de la Comunicación “A” 7146.
En este sentido, la Comunicación incorpora como sujetos obligados de dichos regímenes informativos a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra y a los otros proveedores no financieros de crédito, inscriptos o que deban inscribirse en los registros correspondientes, conforme es establecido en la Comunicación “A” 7146.
Vale aclarar que dichos regímenes tendrán impacto -en mayor o menor medida- en la operatoria de estos sujetos toda vez que los mismos prevén la obligación de realizar ciertas presentaciones de forma periódica (ej. de forma mensual, por novedad), las que deberán incluir la información indicada para cada caso, como ser:
(i) Información que provenga del “Registro Centralizado de Consultas y Reclamos”, incluido en el texto ordenado sobre Protección de los Usuarios de Servicios Financieros.
(ii) Las comisiones y cargos de los productos y/o servicios que ofrezcan y comercialicen a los usuarios consumidores. Además, se deberá consignar la tasa de interés y la cantidad de productos.
(iii) Las altas -comisiones de nuevos productos y/o servicios que deseen comercializar- y los aumentos/reducciones en las comisiones que deseen implementar, respecto de consumidores. Asimismo, se deberán informar las modificaciones de los cargos.
Por Agustín Cerolini y Julieta Mel
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