Comunicación “A” 6792 del Banco Central de la República Argentina

El Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 6.792, mediante la cual se hacen algunas modificaciones al régimen de acceso al mercado de cambios a fin de repagar deudas con el exterior.

 

A. Fideicomisos de Garantía

 

  • Se modifica el punto 1.6 de la Comunicación “A” 6780, a fin de disponer que las entidades (entidades financieras o casas de cambio) puedan dar acceso al mercado local de cambios a “los fideicomisos constituidos en el país por un residente para garantizar la atención de los servicios de capital e intereses de su obligación” en la medida que se verifique que el deudor hubiese tenido acceso para realizar el pago a su nombre, de acuerdo con las normas cambiarias vigentes.
  • Bajo este supuesto se permite a los fideicomisos en garantía que accedan al mercado de cambios, siempre que el deudor original lo hubiese tenido, a fin de repagar deuda, habilitando nuevamente el repago en estructuras de financiamiento basadas en fideicomisos, como los Project Finance.

B. Otros Conceptos

 

  • Se establece que se podrá acceder al mercado de cambios para el pago (a su vencimiento) de las nuevas emisiones de títulos de deuda que se realicen con el objeto de refinanciar deudas que tuviesen acceso en virtud de acuerdo con las normas cambiarias vigentes y que a su vez conlleven un incremento de la vida promedio de las obligaciones (el subrayado es nuestro).

Por Pablo J. Torretta

 

 

Beccar Varela
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