El 15 de julio se publicó la Resolución General Nº801/2019 (“RG”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), a través de la cual se establece que los Mercados deberán remitir semanalmente a la CNV un informe detallando los casos detectados en virtud del uso de sus alertas o alarmas de seguimiento de las operaciones en tiempo real, cuando estas hayan merecido la formación de una actuación y/o investigación conteniendo el detalle de los resultados obtenidos en las mismas.
De esta forma, la RG tiene como objetivo el propender a la integridad y transparencia de los mercados de capitales, así como también fortalecer los mecanismos de protección y prevención de abusos contra los inversores, incrementando la transparencia en la supervisión de los Mercados financieros cumpliendo con el objetivo principal de la CNV de generar confianza y seguridad en las operatorias realizadas en el ámbito de los Mercados.
La RG complementa el artículo 55 de la Sección XXIII del Capítulo I del Título VI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) referida al “Sistema informático para monitoreo de las operaciones en tiempo real”.
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