Chile
CMF y Superintendencia de Pensiones publican, para consulta pública, nueva normativa conjunta sobre asesoría financiera previsional

Considerando las recientes modificaciones en materia previsional introducidas por la ley 21.314, en especial aquellas establecidas en su artículo 4º, con fecha 25 de junio de 2021, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) y la Superintendencia de Pensiones (“SP”) publicaron una norma en consulta pública, tendiente a regular la asesoría financiera provisional (el “Proyecto Normativo”).

 

Las principales disposiciones del Proyecto Normativo pueden resumirse como sigue:

 

  • Establece el perímetro regulatorio del Proyecto Normativo, delimitando claramente qué actividades quedan sujetas y excluidas de la aplicación de estas normas. En este sentido, el Proyecto Normativo se aplica solo a Entidades de Asesoría Financiera Previsional y a Asesores Financieros Previsionales, esto es, las personas jurídicas y naturales que, con independencia de si perciben o no una remuneración por sus servicios, se obligan a entregar información, de forma no personalizada y dirigida por cualquier medio, a afiliados, beneficiarios o pensionados, para adoptar decisiones respecto a las prestaciones o beneficios a que se refiere el D.L. N° 3.500.
  • Establece las obligaciones y prohibiciones de los Asesores Financieros Previsionales y de las Entidades de Asesoría Financiera Previsional, según se definen en el nuevo texto del Decreto Ley 3500, incluyendo aquellas en términos de promoción, publicidad y oferta de sus servicios, con particular referencia a sus sitios web.
  • Establece el contenido mínimo del contrato de asesoría financiera previsional.
  • Establece el procedimiento para solicitar la inscripción al Registro de Asesores Financieros Previsionales, que es llevado en forma conjunta por la CMF y la SP.
  • Establece el monto y características que deberán reunir las boletas bancarias o pólizas de seguros de garantía que deben tomar o contratar los Asesores Financieros Previsionales y las Entidades de Asesoría Financiera Previsional.
  • Establece obligaciones de custodia y envío de información relevante a la CMF y la SP.
  • Establece un régimen de fiscalización y sanciones.
  • Contiene una serie de anexos en que se detallan las materias que deben ser consideradas para la acreditación de conocimientos en materia previsional conforme a la normativa vigente, así como otros formatos y documentos tipo.

El proceso de consulta pública en relación al Proyecto Normativo se encontrará vigente hasta el 9 de julio de 2021.

 

Por Diego Peralta, Fernando Noriega y Diego Lasagna

 

 

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