Considerando el creciente desuso del cheque como medio de pago, desde el día 11 al 29 de enero de 2021, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) mantuvo abierto un proceso de consulta, con respecto a una modificación al Capítulo 2-2 de su Recopilación Actualizada de Normas, con la finalidad de permitir que los bancos pudieran ofrecer al público cuentas corrientes que no contemplaran la entrega de talonarios de cheques.
Habiendo considerado una serie de consultas y comentarios recibidos durante este período (incluyendo algunas formuladas por nuestro estudio), con fecha 27 de abril de 2021 la CMF dictó una circular, mediante la cual ha modificado, además, otras disposiciones de este capítulo, no contempladas originalmente en la consulta pública, con la finalidad de modernizar su normativa, incluyendo las siguientes:
- Permitir la apertura de cuentas corrientes en forma remota, incorporando nuevas disposiciones relativas a contratación a distancia, verificación de identidad y autenticación de los solicitantes.
- Permitir la apertura de cuentas corrientes a personas sin domicilio ni residencia en Chile, bajo las siguientes condiciones: (a) Si acuerdan con el banco que no les sean proporcionados talonarios de cheques, podrán registrar un domicilio en el extranjero, y (b) en caso contrario, deberán fijar un lugar determinado dentro de Chile como domicilio para estos efectos.Sin embargo, ahora se permite dar por cumplido este último requisito mediante la designación de un apoderado habilitado para ser notificado de cualquier gestión judicial o extrajudicial que realice el banco o terceros con motivo del contrato de cuenta corriente.
- Eximir de la exigencia de contar con rol único tributario o cédula de identidad a personas no residentes ni domiciliadas en Chile, estableciendo que solo será necesaria su acreditación en las circunstancias en que el Servicio de Impuestos Internos o el Banco Central de Chile así lo requiera para el cumplimiento de su normativa, en relación a las operaciones que efectúe el cuentacorrentista, y
- Establecer que en caso de que se acuerde la apertura de una cuenta corriente sin cheques, los bancos deberán disponer de un formulario en sus sucursales para que sus clientes puedan efectuar únicamente giros por caja con cargo a sus cuentas. Asimismo, deberán mantener publicadas en un lugar destacado de sus sitios web las alternativas disponibles para instruir órdenes de pago con cargo a la respectiva cuenta (vale vista, transferencias electrónicas de fondos de bajo y alto valor, etc.), con sus tarifas actualizadas.
Las modificaciones precedentemente expuestas rigen para los nuevos contratos que se suscriban a partir del 27 de abril de 2021.
Por Diego Peralta, Felipe Moro y Diego Lasagna
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