En estos días se han dictado distintas normas que apuntan a la protección de los pasajeros.
La primera de ellas fue la Resolución N° 290/2024 de la Administración Nacional de Aviación Civil (la “ANAC”), a través de la cual se eliminó el sistema de evaluación estadístico de cumplimiento horario de las operaciones aéreas, a modo de Índice de Puntualidad establecido originalmente por la Resolución N° 1195/2016 y modificado por la Resolución N° 558/2017 de ANAC.
El Índice se eliminó por cuanto no habría resultado eficaz en la disminución de la impuntualidad, buscándose nuevas medidas para proteger al pasajero usuario del transporte aéreo.
Luego, el Decreto N° 809/2024, vigente a partir del 10 de octubre de 2024 (el “Decreto”), aprueba las siguientes regulaciones, reemplazando a la anterior Resolución N° 1532/1998 del ex Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos:
- Reglamento del Contrato Aéreo de Pasajeros, Equipaje y Protección de los derechos del Pasajero Usuario del Transporte Aéreo.
- Condiciones generales del Contrato de Transporte Aéreo de Carga.
- Reglamento de Pagos Indemnizatorios Adelantados a la Liquidación Final de la Indemnización que pudiere corresponderle en caso de muerte o lesión corporal a los pasajeros que sean víctimas de un accidente de aviación civil comercial.
Por último, el Decreto crea una nueva etapa de conciliación dentro de la Secretaría de Transporte: el “Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo”. Esta nueva etapa tiene como objetivo brindar un acceso rápido y fácil para la presentación de reclamos (donde no se requiere representación legal).
Asimismo, el Decreto crea un Registro Nacional de Conciliadores de Transporte Aéreo, por lo que los conciliadores deberán estar registrados para poder participar en este nuevo Servicio de Conciliación.
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Marval O’Farrell Mairal
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