El pasado 23 de agosto, el Banco Central de Chile publicó para consulta una modificación al capítulo III.J.2 de su Compendio de Normas Financieras, sobre Operación de Tarjetas de Pago, a fin de que el público en general pueda efectuar, durante el plazo de un mes, comentarios u observaciones.
Las principales modificaciones contenidas en esta propuesta son las siguientes:
I. Revisión del concepto y requisitos aplicables al Titular de la Marca para efectos de Operación
- Se establece la posibilidad de que el Titular de la Marca corresponda a un Estado, institución pública o empresa extranjera de propiedad o administración de un Estado extranjero, en la medida que la deuda soberana de dicho Estado extranjero cuente con una clasificación de riesgo de a lo menos BBB, o su equivalente;
- Se establece la posibilidad de que los Operadores interesados puedan solicitar una autorización a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (“SBIF”), para contratar con un Titular de la Marca que no reúna todos los requisitos establecidos en la normativa. La SBIF deberá dictar instrucciones generales al respecto.
II. Incorporación de una nueva modalidad de Operación
Se propone que la Operación de las Tarjetas de Pago pueda ser proveída por un Operador en virtud de un contrato celebrado con otro Operador, el que como mínimo deberá comprender: (i) una definición clara e inequívoca con respecto a cuál de las partes asume la responsabilidad de pago a las entidades afiliadas, y (ii)los resguardos necesarios para cautelar la liquidación y/o el pago íntegro y oportuno de las prestaciones adeudadas a las entidades afiliadas.
III. Ampliación del límite de actividades de Operación que puede realizar un Proveedor de Servicios para Procesamiento de Pagos (“PSP”)
El total de pagos que, en forma excepcional, un PSP puede efectuar a entidades afiliadas, se amplía de un 0,5% del total de pagos anuales del Operador contratante a un 1% del monto total de pagos anuales efectuados por cuenta de todos los Emisores u Operadores con los que el PSP mantenga un contrato o convenio vigente.
El período de consulta se extenderá hasta el día 24 de septiembre de 2018, inclusive.
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