En el Congreso Nacional, ya se están debatiendo tres proyectos de ley para modificar la Ley de Concursos y Quiebras, buscando en todos los casos implementar modificaciones para otorgar privilegios a las cooperativas de trabajo que se formen en empresas que estén al borde del concurso o la quiebra, con el fin de hacerse del control de éstas por encima de las negociaciones de venta que realice el propietario o de los derechos de los acreedores.
Uno de los proyectos que se encuentran siendo analizado en la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados fue presentado por el Gobierno Nacional, mientras que los otros dos llevan las firmas de Victoria Donda, Eduardo Macaluse y Ariel Basteiro.
Los proyectos prevén que en los procesos de concursos, la cooperativa tenga privilegios para poder quedarse con la empresa antes de que el empresario pueda venderla haciendo un acuerdo, a la vez que busca introducir un piso mínimo de negociación por debajo del cual la empresa concursada no puede realizar acuerdos.
De acuerdo a lo publicado por Ámbito Financiero, las iniciativas poseen varias cláusulas que dificultan la continuidad de las empresas que atraviesan dificultades, otorgándoles un mayor poder a los trabajadores durante el concurso.
Entre las modificaciones que se buscan introducir pretenden dejar sin efecto el inciso que suspendía por tres años la vigencia de los convenios colectivos en las empresas concursadas, a la vez que se prevé la creación de un comité de control en el que habría representantes de los acreedores, tal como sucede en el actual comité de acreedores, pero también participarían los trabajadores de la empresa, contando con un porcentaje superior.
En este cuerpo que se pretende crear, se fijaría un número mínimo arbitrario de tres representantes por cada comité, el cual contará con más funciones que la propia Sindicatura en la verificación de créditos y negociaciones.
Por otro lado, las iniciativas contemplan que cuando los bienes de la empresa quebrada se encuentren en manos de la cooperativa, los derechos de ejecución de cualquier deuda prendaria o hipotecaria se suspenderán, por lo que no podrá ser cobrado ningún préstamo que se le haya otorgado a la empresa con anterioridad.
Los proyectos que se encuentran dirigidos a que la empresa fallida sea entregada a la cooperativa de trabajo allí formada, también buscan incluir que para poder ingresar al concurso preventivo, primero deben cancelarse todas las deudas previsionales y no tener salarios pendientes de pago, volviendo a la vieja Ley de Quiebras, modificada en épocas de Domingo Cavallo.
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