El 30 de julio de 2018, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) dictó la resolución exenta 3092 mediante la cual se amplía el listado de valores extranjeros que se encuentran exentos de la obligación de inscripción en el Registro de Valores Extranjeros mantenido por la CMF.
Con anterioridad, en virtud de la resolución exenta 246 de 2014, estaban exentos de la obligación de inscripción los valores de emisores considerados como “reporting issuers” bajo la legislación de Canadá, como asimismo los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores de Colombia, en el Registro Nacional de Valores de México y en el Registro Público del Mercado de Valores de Perú.
En un esfuerzo por dar una mayor profundidad a la implementación del “Pasaporte de Fondos” para la Alianza del Pacífico (integrada por Colombia, México, Perú y Chile), se incluyeron al listado de emisores exentos los fondos o familias de fondos de inversión colectiva autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia.
La iniciativa anterior se suma a lo resuelto recientemente por la entidad regulatoria del mercado de valores de Perú, la cual aprobó el llamado “Reglamento para el Reconocimiento de Fondos del Exterior” y resolvió reconocer a Colombia, Chile y México como países cuyos fondos pueden ser distribuidos en el mercado de valores peruano.
En la misma línea, la autoridad del mercado de valores de Colombia en el mes de junio de este año dictó una circular con instrucciones relativas a la distribución en dicho país de fondos de inversión extranjeros, incluyendo fondos chilenos.
Con estos cambios se avanza en la colaboración de los países que integran la Alianza del Pacífico para la comercialización de fondos mutuos y fondos de inversión entre ellos, facilitando a los inversionistas el acceso a este tipo de instrumentos.
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