OCDE: Estándar Global Único para el Intercambio Automático de Información

Por KPMG Argentina

 

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) publicó un documento -estándar para el intercambio automático de información de cuentas financieras- que es el último paso hacia el intercambio automático  a nivel mundial de información (AEOI, por su acrónimo inglés) de cuentas bancarias y otros activos financieros depositados en el extranjero.

 

Siguiendo la línea de Fatca, esta nueva norma está destinada a facilitar este intercambio de información entre los países participantes.

 

Intercambio automático de información

 

El fundamento jurídico de la AEOI será o bien el Convenio Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en materia tributaria o, alternativamente, un tratado bilateral. En cualquiera de los casos la norma de la OCDE contempla un acuerdo de la autoridad competente bilateral, que prevé el intercambio automático de información.

 

Se prevé que el intercambio de información sea recíproco, pero el mismo marco podría, en principio, ser utilizado cuando no hay intenciones de reciprocidad. Además de los acuerdos bilaterales que implementan el intercambio de información entre las administraciones tributarias, el documento de la OCDE proporciona información común y las reglas due diligence que necesitarán ser implementadas en la legislación nacional de los países participantes.

 

El documento de la OCDE apunta a ser un estándar mínimo -los países pueden pedir más información- y lo más importante, no tiene la intención de restringir otros tipos de AEOI. Esto plantea la posibilidad de que las instituciones financieras pueden estar obligadas a reportar a múltiples regímenes AEOI simultáneamente, lo que aumenta significativamente el costo y la complejidad.

 

Igual que Fatca en algunos aspectos

 

Al igual que con el régimen Fatca de EE.UU., el alcance será amplio para reducir el riesgo de elusión. Por lo tanto, se aplicará no solo a los bancos, sino también a ciertos brokers, empresas de inversión y algunas compañías de seguros.

 

Muchos aspectos de las propuestas de la OCDE son coherentes con el enfoque del modelo 1 IGA de Fatca. Sin embargo, hay una serie de áreas en las que la norma se desvía del modelo 1 IGA, tales como la eliminación de los límites mínimos y las nuevas definiciones de apertura de cuenta. Esto aumentará considerablemente la cantidad de trabajo requerido.

 

Adjuntos AEOI

 

El documento de la OCDE incluye adjunto el texto de muestra para dos documentos.

 

El primero es un modelo del acuerdo de la autoridad competente. El segundo es la norma estándar sobre notificación y due diligence para la información de cuentas financieras, destinada a favorecer la coherencia de la due diligence y los procesos de recopilación de información.

La OCDE en breve lanzará un comentario en el que tratará de establecer una norma estándar para la implementación y aplicación.

 

Observación de KPMG

 

Los profesionales de impuestos y el Grupo AEOI de KPMG indicaron que aunque las nuevas normas tienen por objeto mejorar la eficiencia y reducir los costos para las instituciones financieras, alcanzar estos objetivos dependerá mucho de si los países individuales son coherentes en la forma de aplicar las normas y cómo estas interactúan con otros regímenes similares, como la Directiva de la UE y Fatca. El ámbito más amplio de las norma también es motivo de preocupación por las mismas razones. La experiencia de los profesionales de impuestos con estos otros regímenes sugiere que la evaluación del impacto de las nuevas reglas propuestas y la preparación para su aplicación sobre una base potencialmente mundial probablemente sean las más importantes tareas a realizar, especialmente si se tiene en cuenta la velocidad con la que estas propuestas podrían introducirse.

 

 

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