Modificación del procedimiento de la Evaluación de Impacto Ambiental en la Ciudad de Buenos Aires

El 24 de noviembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y entró en vigencia la Resolución N° 288/2023 de la Agencia de Protección Ambiental de la Secretaría de Ambiente de la Ciudad de Buenos Aires (la “Resolución”) que derogó la Resolución N° 67-GCABA-APRA/21 que preveía el procedimiento técnico, administrativo y legal de la Evaluación de Impacto Ambiental (“EIA”) aplicable al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y aprobó uno nuevo.

 

Entre otros puntos, la Resolución aprueba lo siguiente:

 

  • un Cuadro de Categorización de las actividades alcanzadas;
  • el Procedimiento para la tramitación y obtención del Certificado de Aptitud Ambiental y para su renovación y modificación;
  • las Condiciones de Inscripción para Profesionales y Consultoras en el “Rubro de consultoras y profesionales en auditorías y estudios ambientales del Registro de Evaluación Ambiental”;
  • los formularios y modelos de certificados de aptitud ambiental para los distintos tipos de obras y usos;
  • los Indicadores de Valoración Ambiental;
  • el “Procedimiento de Cierre y/o Desmantelamiento de un Uso”;
  • el Listado de Documentación Legal a los efectos de la tramitación del Certificado de Aptitud Ambiental y el “Régimen de funcionamiento de la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental”.

El nuevo procedimiento se aplica a las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que estén alcanzados por la definición de “Obra” o “Uso” establecida en el Glosario del Anexo II de la Resolución.

 

Por último, la Resolución resulta aplicable a todos los trámites en curso que no cuenten con un acto administrativo firme y a todos los trámites iniciados con posterioridad a su entrada en vigencia. Los Certificados de Aptitud Ambiental emitidos con anterioridad a la publicación de la Resolución, mantienen el plazo de vigencia hasta su vencimiento.

 

Por Nicole Jaureguiberry

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Ver Perfil

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan