La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia estableció los criterios de inclusión en el Procedimiento Sumario

El 28 de agosto de 2023 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición N° 62/2023 (la “Disposición”) por medio de la cual la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (“CNDC”) estableció los criterios para que una operación de concentración económica pueda calificar para el procedimiento sumario (“PROSUM”), aplicable a las operaciones de concentración que presumiblemente tengan menor probabilidad de tener efectos negativos significativos sobre la competencia. 

 

El PROSUM prevé la notificación de concentraciones económicas mediante la presentación del Formulario F0, a diferencia de Procedimiento Ordinario que se inicia con la presentación de los Formularios F0 y F1.

 

Así, la Disposición determina que una operación de concentración podrá tramitar bajo el PROSUM si cumple con uno o más de los siguientes criterios:

 

Es una concentración de conglomerado.

 

Existe un cambio en la naturaleza del control sobre la entidad objeto, pasando de control conjunto a control exclusivo.

 

Se trata de una concentración horizontal en la cual la participación de mercado conjunta en cada uno de los mercados relevantes afectados por la operación resulta inferior al 20%.

 

Se trata de una concentración horizontal en la cual la participación de mercado conjunta en cada uno de los mercados relevantes afectados por la operación resulta inferior al 35% y el aumento del Índice de Herfindahl e Hirschman (IHH) es menor a 150 puntos.

 

Se trata de una concentración vertical en la cual las participaciones individuales en cada mercado verticalmente vinculado resultan inferiores al 30%.

 

No obstante, la Disposición enuncia los casos que están excluidos de tramitar bajo el PROSUM. Así, por ejemplo, cuando la concentración del mercado relevante post-operación es elevada, o cuando la operación elimina un competidor vigoroso y efectivo. También quedarán exceptuados aquellos casos en los que la CNDC considere que se requiere más información para analizar apropiadamente los efectos de la operación sobre la competencia.

 

Finalmente, la Disposición aclara que los expedientes iniciados conforme lo establecido en la Resolución N° 40/2001 de la ex Secretaría de la Competencia y del Consumidor continuarán su tramitación hasta su finalización según lo estipulado en dicha norma.

 

La Disposición entró en vigencia el 29 de agosto de 2023.

 

Por Luis D. Barry, M. Carolina Abdelnabe Vila y Clara Rodríguez Llanos

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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