Condenan a Empresa Ferroviaria por el Accidente Sufrido por una Pasajera
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal decidió condenar a la empresa Transportes Metropolitanos General San Martín a pagar una indemnización a una pasajera que fue empujada del tren luego de que le fuese arrebatada su cartera. Los miembros de la Sala A, en los autos caratulados “Martínez, Vanina Valeria c/ Transportes Metropolitanos General San Martín s/ daños y perjuicios”, consideraron que la empresa debía indemnizar a la pasajera lesionada por entender que no había cumplido con su deber de seguridad al dejar las puertas abiertas, y porque el actuar delictivo del tercero en cuestión, es un hecho frecuente. Los camaristas, ratificaron la sentencia de primera instancia, al considerar que el accionar del ladrón no fue imprevisible e inevitable, ya que dicha situación no se trata de un hecho aislado, sino que es frecuente en el transporte ferroviario. Los letrados, expresaron que no se debió continuar el recorrido con las puertas de la formación ferroviaria abiertas, más allá de que no exista ninguna normativa que lo impida. La demandada, por su parte, había apelado la decisión de primera instancia como consecuencia de la responsabilidad que le había sido atribuida. Los letrados, establecieron que la empresa debía abonar un resarcimiento económico a la pasajera damnificada por un monto superior a treinta mil pesos.

 

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