La Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) publicó el 13 de abril de 2022, y con vigencia a partir del día 12 de julio de 2022, la Norma de Carácter General N°472 que regula la asesoría de inversión en Chile, específicamente los requisitos y procedimientos para la inscripción, cancelación y suspensión en el Registro de Asesores de Inversión (el “Registro”) y las obligaciones a las que quedarán sujetos tales asesores, incluyendo los requerimientos respecto a la difusión de información (“NCG 472”).
La NCG 472 establece que deberán registrarse previamente ante la CMF las personas naturales y jurídicas, con la excepción de bancos, compañías de seguros y reaseguros, e intermediarios de valores, entre otras entidades ya fiscalizadas por la CMF, que pretendan realizar de manera habitual en Chile recomendaciones, por cualquier medio, relacionadas con la inversión en instrumentos financieros de cualquier especie y dirigidas al público en general o a sectores específicos de él.
No queda comprendida dentro de la “asesoría de inversiones” la asesoría financiera previsional, que se rige por las disposiciones establecidas por la NCG N°459, emitida conjuntamente por la CMF con la Superintendencia de Pensiones. De la misma forma, quienes realicen actividades o servicios de proyecciones de precios de activos, y análisis económico y financiero, que no incluyan recomendaciones de inversión, no quedan sujetos a la obligación de inscripción en el Registro.
La NCG 472 establece la información requerida para solicitar la inscripción en el Registro, distinguiendo entre personas naturales y jurídicas, y las obligaciones aplicables a los asesores de inversión inscritos en el Registro, consistentes principalmente en la implementación de políticas, procedimientos y controles, incluyendo un código de conducta, con la finalidad de asegurar la veracidad e idoneidad de las recomendaciones, la priorización de los intereses y necesidades de sus clientes, y la independencia y conocimientos de los asesores, entre otros aspectos.
Dentro de las obligaciones de los asesores de inversión se comprenden la acreditación de los asesores en conformidad con la Norma de Carácter General N°412 de la CMF, la difusión de información relacionada con las recomendaciones de inversión, y el registro de las recomendaciones efectuadas por el asesor, entre otras obligaciones. Asimismo, se establecen disposiciones y obligaciones especiales respecto de las asesorías que sean resultado de procesos informáticos sin intervención humana.
La NCG 472 se publica luego de un proceso de consulta al mercado realizado por la CMF e informado en nuestra alerta legal del 9 de marzo de 2022.
Por Cristián Eyzaguirre y Enzo Devoto
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