Mediante la Comunicación “A” 7789 del día 09/06/2023, el Banco Central de la República Argentina ha resuelto dar de baja el código “S02. Servicios de flete”, y reemplazarlo por los siguientes:
- S30 – “Servicios de fletes por operaciones de importaciones de bienes”.
- S31 – “Servicios de fletes por operaciones de exportaciones de bienes”.
Recordamos que, hasta la entrada en vigencia de la Comunicación “A” 7771 del 18/05/2023, el código de operación “S02 – Servicios de flete” se encontraba exceptuado de declaración SIRASE. A partir de aquella oportunidad las entidades bancarias deben requerir una declaración efectuada a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) en estado “aprobada” para dar acceso al mercado de cambios para cursar pagos de servicios por tal concepto.
Asimismo, y previo a que los pagos al exterior en concepto de servicios de fletes estuvieran alcanzados con la obligatoriedad de tramitación de declaración SIRASE, mediante la Comunicación “A” 7746, el BCRA dispuso que cuando se trate del pago de los conceptos “S02 – Servicios de Flete” y “S04 – Otros servicios de transportes” entre contrapartes vinculadas, será necesario que el mismo se curse a los 90 días corridos desde la efectiva prestación de servicio.
Estos últimos controles que el BCRA implementó sobre el pago de servicios al exterior entorpeció -en muchos casos- las operaciones de comercio exterior, lo que motivó la presión de varias Cámaras vinculadas al comercio internacional en pos de regularizar y agilizar el giro de divisas para cancelar los pagos que se vieron afectados.
Por el momento, la respuesta del Banco Central ha sido reemplazar un concepto genérico de “Servicios de flete” por dos conceptos más específicos, identificando si se cancelan operaciones de importación o de exportación. Las empresas del sector esperan que en los próximos días se otorguen definiciones sobre la materia.
Los nuevos conceptos entraron en vigencia el día lunes 12 de junio.
Por Julio Vieito y María Alejandra Fiandesio
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