Una Prepaga Deberá Atender a un Paciente que no Informó su Enfermedad al Momento de Afiliarse

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal determinó que la compañía de medicina prepaga OSDE tendrá que atender a un afiliado que padece VIH mientras se resuelve la cuestión judicial de fondo.

 

Según los magistrados, en este caso "la falta de cobertura pondría en serio peligro su estado de salud". El fallo explica que esta justificación se impone sobre todo lo invocado por la empresa.

 

"Frente a esta situación es conveniente proceder a la reafiliación del actor, pues la falta de cobertura pondría en serio peligro su estado de salud, de modo de no alterar la situación, hasta que se decida la cuestión de fondo", se argumenta en la determinación judicial.

 

Para los camaristas Guillermo Antelo y Graciela Medina reincorporar al afiliado, al dictar una medida cautelar, es fundamental por la incertidumbre que atraviesa el peticionaria ante la posible falta de asistencia.

 

La empresa decidió cancelar la afiliación de la persona ya que al momento de concretar su ingreso omitió consignar en su declaración jurada que padecía la enfermedad.

 

 

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