Un Fallo Reconoció el Derecho de una Concubina a Percibir Indemnización por Daño Moral

A través de una resolución, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le reconoció el derecho a la concubina de un trabajador fallecido en un accidente de trabajo a percibir una indemnización por daño moral.
 
Además, el fallo condenó de forma solidaria a la aseguradora de riesgos de trabajo ya que, según lo resuelto, el organismo era responsable en el pago total de la indemnización impuesta.
 
Con los votos favorables de los camaristas Oscar Zas y Enrique Néstor Arias Gibert, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 1078 del Código Civil y se le otorgó el beneficio a la concubina.
 
En contraposición con lo acordado, la camarista María Cristina García Melgarejo votó en disidencia y afirmó que "no resulta procedente la reparación del daño moral en virtud de lo dispuesto por el art. 1078 del Código Civil".
 
Por su parte, el juez Zas afirmó que "el derecho de la actora a la reparación del daño moral como consecuencia de la muerte de su concubino excede considerablemente el universo de lo meramente patrimonial incluido en el ámbito de tutela del derecho de propiedad" refiriéndose al beneficio otorgado.
 
Para arribar a la conclusión final y a la resolución del fallo, el magistrado consideró que si la norma aplicable al caso vulnera a sus pares de jerarquía constitucional o supralegal, un juez puede declarar de oficio la inconstitucionalidad y/o inconvencionalidad de las mencionadas en primer lugar.

 

 

Opinión

La figura del trabajador independiente con colaboradores y su impacto sobre los derechos constitucionales y del trabajo
Por Graciela Bustos
GRB LEGAL
detrás del traje
Diego Bosch
De CASTELLI, BOSCH & ASOCIADOS
Nos apoyan