La contratación y el traslado de trabajadores extranjeros hacia la Argentina es una práctica cada vez más habitual para empresas multinacionales, compañías tecnológicas y proveedores internacionales que necesitan movilizar talento, especialistas o técnicos para proyectos específicos.
Sin embargo, una de las dificultades más frecuentes que observamos en la práctica profesional es que las empresas tienden a aplicar en Argentina criterios migratorios utilizados en otros países de la región.
Y allí comienzan los problemas.
El régimen migratorio argentino contiene categorías y requisitos específicos que deben analizarse antes de que el trabajador viaje al país. Una incorrecta planificación puede derivar en demoras, imposibilidad de comenzar a trabajar e incluso inconvenientes al momento del ingreso a la Argentina.
Existen tres situaciones que merecen especial atención.
1. Una visa de negocios no equivale a una autorización para trabajar
La primera confusión -y probablemente la más frecuente- consiste en asumir que una persona que ingresa a la Argentina por motivos comerciales puede realizar cualquier actividad relacionada con su empresa.
No necesariamente.
Las actividades de negocios comprenden, por ejemplo, reuniones comerciales, negociaciones, firma de contratos o representación empresarial.
La situación cambia cuando el extranjero comienza efectivamente a desarrollar tareas técnicas o profesionales en el país.
Instalar maquinaria, implementar un sistema, capacitar personal, transferir conocimientos técnicos o supervisar una implementación pueden constituir actividades que requieren una categoría migratoria diferente.
La distinción puede parecer menor desde el punto de vista empresarial, pero no necesariamente lo es desde el punto de vista migratorio.
Un calendario puede simplemente indicar que un especialista "viaja a Argentina por un proyecto". Sin embargo, para determinar qué autorización migratoria corresponde, es necesario saber qué va a hacer concretamente esa persona durante su estadía.
Un caso que hemos visto en la práctica ilustra claramente el problema.
Una empresa estadounidense de software envió técnicos a la Argentina para trabajar en las instalaciones de un cliente multinacional del sector agroindustrial. Los técnicos ingresaron como turistas.
El cliente inicialmente permitió su ingreso a las instalaciones, pero posteriormente realizó una verificación interna y detectó que no contaban con autorización migratoria para desarrollar las tareas previstas.
La empresa argentina actuó correctamente: suspendió las actividades hasta que los técnicos regularizaran su situación.
El proveedor extranjero descubrió entonces que el contrato comercial celebrado con su cliente no resolvía la cuestión migratoria.
La solución terminó siendo considerablemente más compleja que si el tema hubiera sido analizado antes del viaje. La compañía debió recurrir inicialmente a una estructura de Employer of Record y posteriormente desarrollar una solución permanente, incluyendo el establecimiento de una presencia corporativa en Argentina, su inscripción ante el registro migratorio correspondiente y, finalmente, la tramitación de las visas.
Una decisión que parecía administrativa terminó demorando varios meses.
La conclusión es sencilla: antes de enviar personal extranjero a la Argentina no alcanza con preguntar por cuánto tiempo viajará. También hay que determinar exactamente qué actividades realizará.
2. Las inspecciones migratorias cambiaron el concepto de compliance
Existe además otro aspecto que las empresas deben comenzar a incorporar dentro de sus procedimientos internos.
Durante 2025 se incorporó el artículo 53 bis a la Ley de Migraciones, otorgando facultades a la autoridad migratoria para realizar inspecciones en lugares de trabajo y requerir documentación relacionada con trabajadores extranjeros.
Pero la cuestión más relevante para las empresas no es solamente lo que establece la norma, sino cómo funciona este mecanismo en la práctica.
Desde mediados de 2025 hemos observado un incremento significativo de las inspecciones.
Estas inspecciones pueden realizarse sin previo aviso e incluso puede existir más de una visita relacionada con un mismo proceso migratorio.
Además, la aprobación de un trámite migratorio no necesariamente significa que las verificaciones hayan terminado.
La autoridad puede buscar comprobar algo muy concreto: que existe un lugar de trabajo real, que el trabajador extranjero efectivamente desarrolla allí sus actividades y que su situación migratoria resulta consistente con esas tareas.
Esto introduce un desafío adicional en tiempos de trabajo remoto e híbrido.
Una empresa puede tener toda la documentación perfectamente organizada y, sin embargo, encontrarse con dificultades si al momento de una inspección nadie puede explicar dónde trabaja el extranjero, qué función cumple o por qué no se encuentra en el establecimiento.
Por ese motivo, el compliance migratorio ya no debería limitarse únicamente a obtener una residencia o una visa.
También requiere cierta coordinación interna.
Recursos Humanos, recepción, responsables del establecimiento y equipos locales deberían conocer qué trabajadores extranjeros se encuentran vinculados con la compañía y bajo qué modalidad desarrollan sus actividades.
El cambio conceptual es importante: el cumplimiento migratorio ya no termina con el ingreso correcto del trabajador al país. También comprende su permanencia y el efectivo desarrollo de sus actividades en Argentina.
3. RENURE: un requisito que puede detener una contratación
El tercer problema suele aparecer cuando la empresa ya tomó una decisión: encontró al candidato, acordó las condiciones y definió una fecha de inicio.
Y recién entonces consulta cuáles son los requisitos migratorios.
Para patrocinar determinadas categorías de trabajadores extranjeros, las entidades argentinas deben cumplir previamente con requisitos de registración ante la autoridad migratoria, incluyendo la inscripción correspondiente en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE).
Si la entidad no se encuentra correctamente registrada, determinados trámites migratorios simplemente no pueden avanzar.
No se trata necesariamente de una cuestión compleja. El problema es detectarla tarde.
En la práctica, esto puede significar tener un contrato firmado, una fecha de incorporación definida e incluso una familia preparando su traslado a la Argentina, mientras la compañía todavía no se encuentra en condiciones administrativas de patrocinar el trámite migratorio.
Por eso, la situación registral de la empresa debería analizarse antes de comprometer una fecha de incorporación para un trabajador extranjero.
Una compañía que contrata talento internacional regularmente debería considerar su estructura migratoria de la misma manera que analiza sus obligaciones laborales, impositivas o societarias: como parte de su infraestructura permanente de compliance.
La planificación migratoria debería comenzar antes del viaje
Los problemas descriptos no responden necesariamente a incumplimientos deliberados.
En muchos casos ocurre exactamente lo contrario: empresas organizadas, con departamentos de Recursos Humanos sofisticados y procedimientos regionales de movilidad internacional, aplican en Argentina criterios que funcionan perfectamente en otras jurisdicciones.
Pero cada sistema migratorio tiene sus particularidades.
Antes de trasladar un trabajador o especialista extranjero a la Argentina, existen al menos tres preguntas que conviene responder:
¿La persona viene a realizar actividades comerciales o efectivamente desarrollará tareas técnicas o profesionales?
¿La empresa puede demostrar adecuadamente dónde y bajo qué condiciones trabaja esa persona en caso de una inspección?
¿La entidad que patrocinará el trámite se encuentra correctamente registrada ante RENURE?
Resolver estas cuestiones antes de comprar un pasaje suele ser mucho más sencillo -y considerablemente menos costoso- que intentar regularizar una situación cuando el trabajador ya se encuentra en Argentina.
En materia migratoria corporativa, una buena planificación no consiste solamente en tramitar visas.
Consiste en entender, antes de movilizar a una persona, qué autorización necesita, quién puede patrocinarla y qué obligaciones deberá cumplir la empresa una vez que el trabajador se encuentre en el país.
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