Mediante el decreto número 956, publicado en el Boletín Oficial, la presidente de la Nación, Cristina Fernández, reglamentó la Ley de Fertilización Asistida, sancionada el pasado 5 de junio.
Esta nueva normativa obliga a los hospitales públicos, a las prepagas y a las obras sociales a ofrecer el tratamiento de fertilización asistida a todas las personas mayores de edad.
La ley 26.862 aclara que se deberá brindar la prestación “sin que se pueda introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil”.
A través del decreto reglamentario se establece que una persona podrá acceder a cuatro tratamientos anuales con técnicas de baja complejidad y a tres intentos con técnicas de alta complejidad.
Asimismo, se formó un registro único de establecimientos sanitarios habilitados para realizar el tratamiento y de banco de gametos y embriones. El Ministerio de Salud y la Superintendencia de Servicios de Salud serán las autoridades de aplicación.
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