Se Amplía el Uso de Notificaciones Electrónicas

De esta manera, los letrados se encuentran obligados a registrar un mail oficial en el que recibirán todas las comunicaciones de este tipo, incluyendo también los recursos ordinarios, las presentaciones varias y las denuncias de retardo y denegación de justicia.

 

La determinación fue adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que decidió ampliar la aplicación del sistema de notificaciones electrónicas reglamentado por la acordada número 21/2011.

 

Esta normativa comenzará a regir a partir del 14 de octubre próximo. Además, se dispuso que, desde el primero de noviembre de 2013, se extienda a las causas que se tramitan en la Secretaría de Juicios Originarios.

 

En los procesos en trámite en la Secretaría mencionada se llevará a cabo la notificación electrónica a partir del momento en que los sujetos procesales intervinientes dieran cumplimiento con la carga de constituir domicilio electrónico o del vencimiento del plazo que establezca la Secretaría en la intimación que en cada proceso se les cursará.

 

La Comisión Nacional de Gestión Judicial informó que para recibir las notificaciones electrónicas, los letrados deberán constituir un domicilio electrónico, el cual se forma por el CUIT/CUIL finalizado el proceso de registración y validación.

 

 

Opinión

La obra que reside en el cuerpo: tatuajes y propiedad intelectual: el caso de “Duki”
Por Maria Sol Olivieri
Tanoira Cassagne Abogados
opinión
ver todos
Decreto 407/ 2026 - Aportes sindicales una aclaración necesaria pero ¿suficiente?
Por Julio Javier Lo Coco
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten

La Inteligencia Artificial y el rol del abogado
Por Augusto C. Acuña
Estudio Acuña & Godoy Abogados


Cambios en el régimen de Lealtad Comercial: El Proyecto de Ley frente al actual DNU 274/2019
Por Sonia A. Del Regno (*)
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten

detrás del traje
Nos apoyan