La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no cuenta con las facultades para dictar disposiciones acerca de la prohibición de ventas libres de impuestos en el Río de la Plata.
De esta manera lo determinó la Corte Suprema de Justicia que no dudó en habilitar los free shops en los buques que unen Buenos Aires con las diversas ciudades de la República de Uruguay.
Cabe recordar que el Organismo Tributario que conduce Ricardo Echegaray había prohibido las ventas de productos libres de impuestos en las naves que cruzan la vía de agua binacional.
Por su parte, las empresas recurrieron a la justicia, la cual declaró que el fisco carece de facultades para dictar disposiciones que regulen actos cumplidos en el Río de la Plata, según indicó el Cronista Comercial.
De esta manera, en la sentencia "Los Cipreses S.A. c/Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General de Aduanas", se determinó que las aguas mencionadas se encuentran fuera del territorio aduanero, lo que excede la jurisdicción de la AFIP.
Los memorandos números 13/1999, 14/1999 y 16/1999 prohibían a las empresas de transporte fluvial de buques que tengan bandera argentina disponer de tiendas libres a bordo.
En tal sentido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y declaró la nulidad del cuerpo normativo.
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