En el marco de la causa "M., A. C. C/ I., A. R. S/ Nulidad de matrimonio", la sentencia de grado decretó la nulidad del matrimonio de A. C. M. y A. R. I. celebrado en la ciudad de Las Vegas del Estado de Nevada de Estados Unidos de Norteamérica el 16 de marzo de 2002 y reconoció la buena fe de la cónyuge, con costas al vencido.
El magistrado de grado sostuvo que estaba acreditado que el matrimonio de las partes estaba viciado de nulidad por haber sido celebrado con impedimento de ligamen ya que el cónyuge estaba casado, pero como el demandado no había logrado probar que esta circunstancia era conocida por la aquí actora correspondía reconocer la buena fe invocada por ella.
Ante la apelación presentada por el vencido, la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil señaló en primer lugar que “con competencia atribuida por el art. 227 del Código Civil al juez del último domicilio conyugal efectivo o al del domicilio del demandado, y derecho aplicable en su lugar de celebración (art. 159 del Código Civil), en el caso el del Estado de Nevada (Revised Statutes, NRS 125.290, coincidente con el art. 166, inc. 6 de nuestro Código Civil), se decretó en esta causa la nulidad del matrimonio que las partes suscribieron el 16 de marzo de 2002 en la ciudad de Las Vegas”.
Por otro lado, los camaristas explicaron que la anulación declarada en este caso de bigamia internacional doble, ha sido consentida y sólo se cuestiona en esta instancia el reconocimiento de la buena fe de la actora efectuado por la sentencia, conforme al artículo 162 bis del Código Civil.
Sentado ello, los magistrados recordaron que “el art. 224 del Código Civil prescribe que la mala fe de los cónyuges consiste en el conocimiento que hubieren tenido, o debido tener, al día de la celebración del matrimonio, del impedimento o circunstancia que causare la nulidad”, aclarando que “no habrá buena fe por ignorancia o error de derecho”, así como tampoco “la habrá por ignorancia o error de hecho que no sea excusable, a menos que el error fuere ocasionado por dolo”.
En la sentencia dictada el 1 de septiembre del presente año, los Dres. Carlos A. Carranza Casares, Beatriz Arean y Carlos A. Bellucci remarcaron que “la buena fe radica en el desconocimiento del impedimento o circunstancia que provoca la invalidez”, mientras que “esta ignorancia y por ende la buena fe que de ella deriva, como regla, ha de ser presumida, por tratarse de un principio que surge de normas análogas como los arts. 2364 y 4008 del Código Civil (art. 16 del citado código), tal como mayoritariamente sostiene la doctrina”.
Tras mencionar que la sentencia de grado ha considerado que el demandado no ha demostrado su aserto en cuanto a que su contraria estaba al tanto del impedimento legal subsistente al tiempo de celebrarse el matrimonio, la mencionada Sala ponderó que “las meras suposiciones de los declarantes, que conocieron a la cónyuge después del casamiento, no recuerdan ninguna ocasión en que las partes y alguno de ellos aludieran expresamente al estado civil de aquéllas (como destaca el dictamen fiscal) y son dependientes de la empresa fundada por el demandado, resultan insuficientes como para tener por demostrado que la actora efectivamente conocía que este último carecía de aptitud nupcial por no haberse aun divorciado de su anterior mujer”.
Al confirmar la sentencia de primera instancia, los camaristas concluyeron que “como también señala el dictamen del Ministerio Público, la mera compulsa del pasaporte del marido que lo indicaba como casado, aun en el caso de que la demandante lo hubiera tenido a la vista (lo que no se probó en modo alguno), tampoco sería relevante por sí, puesto que tal documento había sido emitido en 1998”, teniendo en cuenta que “el propio demandado ha manifestado que había promovido el juicio de divorcio vincular de su anterior matrimonio en el año 1999 al tiempo de conocer a su futura nueva mujer a quien anotició de ello, aunque por distintas vicisitudes sólo se concretó después del celebrado con la actora”.
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