En línea con los estándares internacionales que promueve el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y con el objetivo de lograr una prevención eficaz del lavado de activos y la financiación del terrorismo, desde un enfoque basado en riesgo, la Unidad de Información Financiera actualizó los umbrales fijados en sus directivas e instrucciones respecto de las medidas que deben aplicar los Sujetos Obligados para la identificación y conocimiento de sus clientes. Los montos no se modificaban desde el mes de octubre del 2018, y en algunos casos se han aumentado en un 40%.
La Resolución UIF N° 117/2019, alcanza tanto a personas físicas como jurídicas, dentro de los que se encuentran escribanos públicos, personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros, personas jurídicas que organicen o regulen deportes profesionales, agentes o corredores inmobiliarios, personas Físicas o Jurídicas que exploten Juegos de Azar, entre otros.
Opinión
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opinión
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