El 29 de diciembre de 2022, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) dictó la Resolución General N° 944/2022 (la “Resolución”), por la cual deroga las disposiciones del Capítulo XIV del título XVIII de las Normas (N.T. 2013 y mod.) referido al “Procedimiento sumarial en el marco del distanciamiento social preventivo y obligatorio”.
Asimismo, la CNV realizó modificaciones en el Capítulo II del Título XIII de las Normas (N.T. 2013 y mod.) conforme al procedimiento sumarial. En este sentido, la CNV entre otras cuestiones, incorpora: (i) la constitución opcional de un domicilio especial electrónico por parte de los sumariados; (ii) la posible celebración de la audiencia preliminar por videoconferencia, cuando así lo disponga el Conductor del Sumario, con la posibilidad de que los sumariados se opongan ante dicha disposición; y (iii) la eliminación del artículo 9, inc. d) del capítulo II del título XIII referido a la “Publicidad”.
Por su parte, la incorporación del Capítulo III al Título XIII incluye la regulación de: (i) la publicidad del procedimiento sumarial; (ii) las suspensiones preventivas; (iii) las resoluciones en plazo de ser recurridas; y (iv) las denuncias penales.
La Resolución entró en vigencia el 30 de diciembre de 2022.
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