Recordatorio para inscribir domicilio de empresas en el Registro de Domicilios Electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires antes del 31 de octubre de 2023

En el año 2020, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires (“SCBA”) dispuso crear el Registro de Domicilios Electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (“RDE”) con el objetivo de favorecer “el progreso de los procesos a través de medios tecnológicos y consolidar el expediente digital”. 

Lo hizo a través del Acuerdo Nº 3989 y modificatorios y la Resolución SC N° 1472/2020 aprobó su Reglamento. Los textos ordenados y actualizados de la referida normativa fueron dispuestos a través del Acuerdo N° 4113 de la SCBA.

El RDE, a su vez, fue refrendado por la Ley N° 15.230 de la Provincia de Buenos Aires, cuyo artículo 12 indica que los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires se regirán por el Acuerdo N° 3989 y modificatorios y que dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicaciones a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

Entre las notificaciones que se podrán practicar a este domicilio, se incluye el traslado de la demanda, intimaciones de pago, citaciones como tercero, diligencias preliminares, cautelares anticipadas y la sentencia definitiva o equiparable (artículo 1).

El Acuerdo N° 3989 obligó a inscribirse en el RDE a organismos y entidades públicas, municipios, bancos, compañías de seguros, aseguradoras de riesgos del trabajo, empresas concesionarias de servicios públicos, centros comerciales, supermercados, entre otras. 

Dicha obligación se extendió posteriormente a empresas que brinden servicios de asistencia sanitaria y de diagnóstico médico; empresas de viajes y turismo “online”; administradoras de tarjeta de crédito; servicios de mensajería y transporte de caudales; automotrices y concesionarios; constructoras y administradoras de consorcios; empresas de seguridad privada; entre otras. 

Recordamos que la inscripción de domicilios ante el RDE deberá realizarse antes del 31 de octubre de 2023.

En caso de falta de inscripción, la SCBA y el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires considerarán inscriptos “por defecto”, en el RDE, los últimos domicilios constituidos por los letrados de los sujetos obligados ante la justicia de la provincia, en las dos últimas presentaciones realizadas, por departamento judicial. 
 

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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