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Jueves 27 de Enero de 2022
Recomendaciones para el regreso al trabajo de trabajadores con diagnóstico confirmado o que sean contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19
El 19 de enero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por medio de la cual se comunican recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud para el regreso al trabajo de los trabajadores que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19. Estas son:
- Los trabajadores que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:
- Trabajador sin vacunación o con esquema de vacunación incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
- Trabajador con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de 2 dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda, y menos de 5 meses de completado el esquema): A los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico, cumpliendo en los 3 días posteriores con cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).
- Trabajador sin vacunación o con esquema de vacunación incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
- Los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:
- Trabajador sin vacunación o con esquema de vacunación incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado.
- Trabajador con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de 2 dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda, y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días: Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijos, ventilación, distancia). Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria. Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.
- Trabajador con esquema de vacunación completo más refuerzo con más de 14 días de la última aplicación: Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijos, ventilación, distancia). Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
- Trabajador sin vacunación o con esquema de vacunación incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado.
Por Enrique A. Betemps y Julio Lococo
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