Mediante el Decreto N° 574/2022 publicado el 2 de septiembre de 2022, el Poder Ejecutivo Nacional delegó en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía la facultad de otorgar, en caso de encontrarse acreditadas las obligaciones previstas en el artículo 4° del Decreto N° 115, la prórroga por diez (10) años de las concesiones de transporte de hidrocarburos líquidos de jurisdicción nacional de los oleoductos troncales de acceso a Allen, Provincia de Río Negro; del oleoducto Allen– Estación Puerto Rosales; y de la terminal de almacenaje y exportación ubicada en Puerto Rosales, Provincia de Buenos Aires.
Mediante el artículo 4° de la Ley N° 24.145 se otorgaron a la empresa YPF Sociedad Anónima (YPF S.A.) las concesiones de transporte sobre los oleoductos, poliductos y demás instalaciones conexas fijas y permanentes que tenía en explotación, entre las que se encontraba la Concesión de Transporte de la Estación de Bombeo y la Terminal Marítima de Puerto Rosales, y la Concesión de Transporte de los oleoductos troncales de acceso a Allen y el oleoducto Allen– Estación Puerto Rosales.
A través del artículo 5° del Decreto N° 2110 se autorizó a la empresa YPF S.A. a ceder la citada concesión de transporte de los oleoductos troncales de acceso a Allen y oleoducto Allen. Mediante la Resolución N° 139 se aprobó la cesión de la concesión de transporte de hidrocarburos, por parte de YPF S.A.
En atención a que los vencimientos de los treinta y cinco (35) años de las concesiones otorgadas operan el 14 de noviembre de 2027, las empresas concesionarias realizaron presentaciones mediante las cuales solicitaron la prórroga de las citadas concesiones de transporte por el plazo de diez (10) años.
Por Francisco J. Romano
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