Así lo determinó Marcelo Domínguez, juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, al resolver la acción de amparo de un joven que padece la enfermedad de esclerosis múltiple.
De esta manera, la justicia le ordenó al Instituto Provincial de Salud (IPS) de la provincia de Salta que brinde cobertura integral de los costos del tratamiento de rehabilitación neuromuscular.
Además, el magistrado instó a que la cobertura se ajuste al plan de trabajo presentado por el profesional interviniente y de acuerdo a lo normado por la ley nacional 24.901, resolución 2032/12 del Ministerio de Salud de la Nación.
"Nuestra Constitución Nacional contiene en el artículo 75 inciso 23, un mandato de acción muy fuerte a favor de la protección de las personas discapacitadas", indicó el juez en su resolución.
Cabe señalar que la cobertura deberá extenderse durante un año como mínimo y posteriormente se analizará la conveniencia y alcance de la continuidad del tratamiento.
Por otra parte y con respecto a los elevados costos de los tratamientos, el juez consideró que brindarlos no tendría un impacto financiero importante para la obra social pero sí para la familia del joven.
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