Nuevos requisitos sanitarios para el ingreso al país

El 26 de enero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa N° 63/2022 que modifica los requisitos sanitarios para el ingreso a la República Argentina.

 

Así, la norma establece los siguientes requisitos sanitarios:

 

Extranjeros no residentes

 

●        Con esquema de vacunación completo:

 

○        Deben consignar en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones que han completado el esquema de vacunación al menos 14 días antes de su ingreso al país.

 

○        Deben contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

 

○        Deben portar consigo las constancias de la vacunación y del test para exhibir a los operadores de transporte y las autoridades.

 

○        Deben poseer un seguro de salud COVID-19.

 

○        Las personas vacunadas y con test negativo estarán eximidas de realizar cuarentena.

 

●        Con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas:

 

○        Deben tramitar la excepción de vacunación ante la autoridad competente (en el caso de que se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por la autoridad sanitaria nacional para la excepción).

 

○        Deben contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

 

○        Deben portar consigo las constancias de la excepción y del test para exhibir a los operadores de transporte y las autoridades.

 

○        Deben poseer un seguro de salud COVID-19.

 

○        Las personas con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas (salvo por los menores de edad) deberán realizar cuarentena de 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno.

 

Argentinos y residentes en la República Argentina

 

●        Con esquema de vacunación completo:

 

○        Deben consignar en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones que han completado el esquema de vacunación al menos 14 días antes de su ingreso al país.

 

○        Deben portar consigo la constancia de la vacunación para exhibir a los operadores de transporte y las autoridades.

 

○        Las personas vacunadas estarán eximidas de realizar cuarentena.

 

●        Con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas:

 

○        Deben contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

 

○        Deben portar consigo la constancia del test para exhibir a los operadores de transporte y las autoridades.

 

○        Las personas con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas (salvo por los menores de edad) deberán realizar cuarentena de 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno.

 

Extranjeros provenientes de países limítrofes o residentes de dichos países, siempre que hubieran permanecido allí al menos los últimos 14 días

 

●        Con esquema de vacunación completo:

 

○        Deben consignar en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones que han (i) completado el esquema de vacunación al menos 14 días antes de su ingreso al país; y (ii) permanecido por lo menos los últimos 14 días antes de su ingreso al país en el país limítrofe.

 

○        Las personas vacunadas estarán eximidas de realizar cuarentena.

 

●        Con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas:

 

○        Deben tramitar la excepción de vacunación ante la autoridad competente (en el caso de que se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por la autoridad sanitaria nacional para la excepción).

 

○        Deben contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

 

○        Deben portar consigo las constancias de la excepción y del test para exhibir a los operadores de transporte y las autoridades.

 

○        Deben poseer un seguro de salud COVID-19.

 

○        Las personas con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas (salvo por los menores de edad) deberán realizar cuarentena de 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno.

 

Menores de edad

 

  • Los menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación estarán eximidos en todos los casos de realizar cuarentena. No obstante, se recomienda que no realicen actividades grupales ni concurran a eventos grupales o masivos durante los primeros 7 días contados desde su arribo al país.
  • Los menores de 6 años de edad están además eximidos en todos los casos de practicarse la prueba PCR o de antígenos para su ingreso al país.

Asimismo, se autoriza el ingreso en vehículos particulares de argentinos y residentes vacunados con esquema completo y que sean casos positivos que ya hayan completado 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica laboratorial. El ingreso en vehículo de transporte de pasajeros se autoriza a partir de cumplidos los 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica laboratorial.

 

También podrán ingresar en vehículos particulares argentinos y residentes que sean contactos estrechos vacunados asintomáticos. Mientras que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados que ingresen por ese medio deberán completar su aislamiento en el país.

 

Finalmente, se determina que para el embarque en cruceros internacionales solo se admitirá la presentación de prueba diagnóstica PCR negativa realizada hasta 72 horas previas al embarque, cualquiera sea la nacionalidad del pasajero o tripulante. Asimismo, se cumplirá con las previsiones establecidas por la Decisión Administrativa Nº 1316/21 para el manejo de casos y rastreo de contactos.

 

La norma entró en vigencia el 29 de enero de 2022.

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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