Nuevo marco regulatorio para proyectos piloto de innovación en el sistema ferroviario

El 17 de marzo de 2025, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 15/2025 de la Secretaría de Transporte (la “Resolución”), por la cual se estableció un marco normativo para la admisión, análisis, aprobación, implementación y supervisión de Planes Piloto a partir de Proyectos de Innovación en el Sistema Nacional de Transporte Ferroviario (los “Proyectos”).

 

La Resolución se enmarca en los principios de la política ferroviaria establecidos por la Ley N° 27.132, que incluyen la participación pública y privada en la prestación y operación de los servicios de transporte público ferroviario, la maximización de las inversiones y la incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión; así como en la emergencia pública en materia ferroviaria dispuesta a través del DNU N° 525/24.

 

En ese contexto, permite que las empresas del sector, tanto públicas como privadas, ensayen soluciones innovadoras en condiciones seguras y bajo supervisión regulatoria, facilitando la realización de inversiones seguras y viables. Para ello, la norma establece un proceso estructurado para la experimentación de soluciones innovadoras, asegurando su viabilidad técnica, seguridad y cumplimiento regulatorio.

 

Entre los principales aspectos de la Resolución se destacan:

 

  • Potenciales proponentes: podrán presentar Proyectos los operadores ferroviarios, administradores de infraestructura, proveedores de bienes y servicios del sector y otras partes interesadas. También, podrán proponer el inicio de planes piloto, la Subsecretaría de Transporte Ferroviario y el Centro Nacional de Desarrollo e Innovación Ferroviaria.
  • Evaluación y aprobación del Proyecto: la Secretaría de Transporte evaluará los Proyectos y, en su caso, los aprobará, previa intervención de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) y, de involucrar la construcción, rehabilitación y/o mantenimiento de la infraestructura ferroviaria, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. (ADIF).
  • Evaluación de resultados: finalizado un plan piloto, el solicitante deberá presentar un informe de evaluación de resultados con los datos recopilados, la evaluación del desempeño del Proyecto, recomendaciones para la adopción o modificación de la solución probada e identificación de cualquier problema o riesgo con medidas de mitigación.
  • Decisión post piloto: la Secretaría de Transporte decidirá si la solución propuesta puede ser adoptada de manera más amplia en el Sistema Nacional de Transporte Ferroviario, previa intervención de la CNRT y la ADIF –en caso de que le competa- y dispondrá su aprobación, recomendación de mejoras antes de su implementación, rechazo o ampliación.

Por María Inés Corrá, Marina Wagmaister y Tomás Zambrano

 

 

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