A partir del 2 de julio de 2026 entra en vigor la Resolución General IGJ N° 7/2026 (la “Resolución”), que crea el Sistema Online de Documentación Abierta (el “SODA”) e instaura un régimen íntegramente electrónico para la tramitación registral y de fiscalización.
A continuación, los puntos clave con sus detalles de implementación.
1. Creación del Sistema Online de Documentación Abierta
Se crea el SODA, que es la plataforma oficial para la recepción, tramitación y gestión digital de todos los trámites registrales y de fiscalización ante el organismo.
Las presentaciones realizadas a través del SODA tienen idéntico valor jurídico que las efectuadas en soporte papel.
El SODA reemplaza el circuito presencial y el envío físico de documentación por expedientes íntegramente electrónicos.
2. Nuevo Ecosistema de Autenticación y Firma Electrónica
El ingreso al SODA se concreta con usuario titular de clave fiscal de ARCA de nivel 3 o superior.
- Firma Electrónica: La validación con clave fiscal de ARCA operará formalmente como firma electrónica (art. 5° Ley N° 25.506) respecto de la totalidad de la documentación e información que se incorpore durante la sesión web.
- Régimen de Declaración Jurada: Se suprime el control físico de cotejo previo en mostrador para el inicio. Toda la documentación se ingresa bajo la exclusiva declaración jurada del presentante, quien asume de manera personal la responsabilidad por la autenticidad e integridad de los archivos cargados.
3. Automatización Documental y Expediente Electrónico. Formularios inteligentes
Formulario automático: El tradicional formulario de actuación deja de completarse de forma manual o preimpresa. El SODA lo genera automáticamente según el tipo de trámite seleccionado y los datos de la entidad o del presentante.
- Carga individual de documentos: Cada documento (actas, dictámenes, edictos) debe subirse individualmente e indicar la categoría registral (tipo de entidad legal).
- Acuse de recibo y expediente: Al confirmar la presentación, el sistema genera de forma inmediata un acuse de recibo y abre un expediente electrónico, que constituye el repositorio oficial único y definitivo.
4. Domicilio Electrónico y Notificaciones Digitales
Se introduce el domicilio electrónico constituido en el SODA como la vía obligatoria y excluyente para cursar todas las notificaciones, vistas u observaciones por parte de las inspecciones de control.
Las notificaciones cursadas a esta bandeja digital surtirán los mismos efectos jurídicos que la notificación de carácter personal o por cédula en soporte papel.
5. Esquema de Transición Progresiva y Convivencia de Canales.
La Resolución establece un criterio de implementación progresiva.
La IGJ publicará paulatinamente las etapas y las fechas específicas a partir de las cuales cada tipo de trámite en particular (constituciones, reformas, tasas, variaciones de capital) será ingresado obligatoriamente por vía digital.
Mientras un tipo de trámite específico no haya sido incorporado formalmente al SODA por el cronograma, o durante sus periodos de convivencia técnica, conservará inalterado su canal de tramitación vigente.
En esos casos residuales en papel, el formulario de actuación se presentará según el formato vigente.
6. Delegación de Facultades Procedimentales. Agilidad normativa:
Se delega en las Direcciones y Jefaturas de Departamento de la IGJ la emisión directa de instructivos de procedimiento y técnicos.
7. Reflexión Final
La creación del SODA suprime definitivamente la exigencia de copias en papel, reemplazando el retiro presencial por el envío electrónico de planchas de inscripción con firma digital y documentos embebidos. Esta agilización, sumada al carácter meramente declarativo del registro ratificado por las Resoluciones Generales N° 1/2026 y 3/2026, reduce de forma drástica las fricciones operativas sin comprometer el control de legalidad. El desafío inmediato para el profesional radicará en la adaptación al cronograma de implementación gradual, conviviendo temporalmente con las pautas tradicionales de la Resolución General IGJ N° 15/2024 para los trámites aún no migrados al entorno digital.
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