Los bancos deberán identificar a los titulares de cuentas extranjeras

A través de la comunicación A 5581, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dictó la norma “en el marco del compromiso” de la Argentina con la firma de la “Declaración sobre Intercambio Automático de Información en Asuntos Fiscales” de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

 

De acuerdo a la comunicación, el país se encuentra preparado para implementar “tempranamente” el nuevo estándar de intercambio de información de la OCDE, la cual fue adoptada en la Reunión Ministerial del pasado 6 de mayo.

 

Asimismo, el Banco Central dispuso que las entidades financieras deberán arbitrar aquellas medidas necesarias para identificar los titulares de cuentas alcanzados por las disposiciones vinculadas a la Ley de cumplimiento fiscal de cuentas extranjeras (Foreign Account Tax Compliance Act).

 

“La información sobre los clientes alcanzados deberá ser presentada ante la AFIP, de acuerdo con el régimen que establezca”, remarca la comunicación y, además, afirma que las entidades deberán cumplir con el secreto bancario y la ley de habeas data.

 

 

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