La Provincia de Buenos Aires Busca Reglamentar Prácticas Peligrosas Para Menores de Edad

La normativa sancionada por la Legislatura y publicada en el Boletín Oficial impuso que los menores de 16 años de edad no podrán participar en el ámbito de la provincia de Buenos Aires en los juegos denominados “Paintball”.

 

De incumplirse la nueva reglamentación, los propietarios de los predios, tanto techados como los que funcionan al aire libre, podrán ser sancionados con multas económicas y trabajo comunitario.

 

Paintball, Speedball-Recball, Xtreme, Rec Ball y otros deportes o juegos en el que los participantes usen replicas de armas accionadas por aire comprimido, CO2 u otros gases, para disparar pequeñas bolas rellenas de pintura serán las actividades sensibles de sanción.

 

Además, la normativa aclara que "el predio donde se practique esta actividad deberá poseer habilitación de la Autoridad de Aplicación”, la cual será determinada por el Poder Ejecutivo.

 

Con la nueva normativa, las personas de entre 16 y 18 años que pretendan llevar a cabo este tipo de prácticas deberán contar con una autorización por escrito de los padres o responsables.

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan