La Procuración General se Expidió Sobre la Regulación Cambiaria

Para el ente oficial los mecanismo utilizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) son constitucionales debido, entre otras causas, a la “dinámica de la actividad financiera, monetaria y cambiaria”.

El dictamen del organismo dirigido por Alejandra Gils Carbó está vinculado a un caso particular en el que se había presentado un amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la entidad bancaria.

En su momento, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había confirmado la sentencia de primera instancia rechazando, de esta manera, la acción de amparo efectuada por Moyano Nores.

Esta decisión de la justicia le negaba al hombre la autorización para adquirir moneda estadounidense con el fin de cancelar ciertas obligaciones hipotecarias que había contraído en el pasado.

Al respecto, la Procuradora General destacó que “la actividad cambiaria está caracterizada por su complejidad, dinamismo, y tecnicismo. La naturaleza esencialmente dinámica de la actividad financiera, monetaria y cambiaria, así como también la especialidad técnica de la materia, han llevado a atribuir al BCRA amplias facultades regulatorias de esas actividades. En efecto, se requiere un organismo que pueda responder en forma ágil y eficiente a la dinámica cambiante y a la complejidad de la actividad financiera y cambiaria. Ello ha llevado a nuestro ordenamiento jurídico y a los del derecho comparado a atribuir a los bancos centrales amplias atribuciones”.

 

 

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