Bolivia entró al siglo XXI con una administración pública aún marcada por estructuras del siglo XX. Pese a la Ley 2341 y a la constitucionalización de garantías básicas, persisten factores que encarecen la actividad regulatoria, por lo que la dificultad principal no reside en la existencia de regulación, sino en la insuficiente motivación y la inconsistencia de criterios.
a. Un Estado que regule con previsibilidad y garantías
Un Derecho Administrativo funcional exige reglas claras y procedimientos estandarizados y decisiones fundamentadas, con identificación de la norma aplicable y razonabilidad del criterio.
Cuando la práctica se aparta de estos estándares, el procedimiento pierde su función garantista: la motivación se reduce a considerandos genéricos que impiden comprender la decisión; además, la falta de publicación de resoluciones en los portales institucionales limita el acceso a precedentes administrativos, , afecta el derecho de defensa y dificulta la argumentación en sede recursiva. En ese escenario, los recursos administrativos suelen volverse una instancia confirmatoria automática, en lugar de un control interno y corrección efectiva de la actuación estatal.
Finalmente, el silencio administrativo previsto en la Ley 2341 privilegia el silencio negativo, obligando al administrado a litigar para obtener tutela, en vez de promover decisiones oportunas.
b. La transformación digital sustantiva
Un ejemplo es la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), un avance relevante para los trámites de importación y exportación. No obstante, su impacto dependerá de que la digitalización sea sustantiva y no solo instrumental. Si el procedimiento mantiene el red tape (expediente físico, etapas redundantes, dilaciones o falta de respuesta) la plataforma solo trasladará ineficiencias a un nuevo soporte.
La modernización exige un rediseño integral: expediente electrónico, plazos auditables, interoperabilidad real y uso efectivo de la ciudadanía digital para superar la formalidad innecesaria del modelo analógico. Esto implica reducir requisitos y eliminar la solicitud reiterada de documentos que el propio Estado puede verificar
Finalmente, desarrollar plataformas de respuesta con plazos perentorios a consultas del administrado, que constituyan posición institucional, y no la opinión del servidor público a cargo del trámite.
c. Reforma procesal para procesos judiciales
La seguridad jurídica se consolida con un control judicial especializado, oportuno y predecible; sin embargo, la litigación contra el Estado sigue limitada por la dispersión normativa, que mantiene incluso la aplicación del Código de Procedimiento Civil de 1975, pese a que el Código Procesal Civil de 2013 ya no lo rige en materia civil. A esto se suma la sobrecarga procesal, que prolonga los procesos y eleva sus costos, por lo que es prioritario avanzar hacia un Código Procesal Administrativo, con órganos especializados y desconcentrados, y plazos razonables. En contratación pública, por ejemplo, la demora genera costos de permanencia, garantías y paralizaciones, desincentivando la participación privada.
Para que Bolivia sea atractiva para la inversión privada y extranjera, se requiere una reingeniería del Derecho Administrativo y de la gestión pública que brinde seguridad jurídica y una actuación estatal eficiente, coherente y orientada a resultados. Esta se consolida cuando el servidor público responde en plazos verificables, aplica criterios uniformes y limita la discrecionalidad con procedimientos claros, digitalización sustantiva e interoperabilidad real. Modernizar no es solo digitalizar trámites, sino rediseñar procesos para eliminar etapas innecesarias, simplificar requisitos y asegurar decisiones motivadas y oportunas, reduciendo riesgos, costos y barreras que desincentivan la inversión.
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