La Sala IV de la Cámara Nacional del Trabajo decidió que una concesionaria deberá indemnizar a un empleado despedido por haber extendido los días determinados en su la licencia anual ordinaria.
En su resolución, los magistrados consideraron que la sanción aplicada fue desproporcionada debido a que la persona ostentaba una antigüedad de más de 10 años en la empresa y no tenía ningún antecedente de indisciplina.
De esta manera, la compañía Autobús S.A, con sede en el barrio porteño de Mataderos, tendrá la obligación de indemnizar a Lucio Mario Blanco Ricaldez, tal como lo había indicado la sentencia de primera instancia.
Por su parte, la compañía había aclarado que el empleado tuvo seis inasistencias injustificadas luego de haberse tomado la licencia anual, lo que obedecía a una decisión unilateral decretada por el actor.
En tal sentido, los magistrados Héctor Guisado, Silvia Pinto Varela y Graciela Marino sostuvieron que la compañía podría haber impuesto una sanción disciplinaria acorde a la falta del empleado y no el despido efectivo del mismo.
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