La Sala L de la Cámara Civil condenó a la administración de Mauricio Macri a que indemnice al dueño de un camión que fue quitado de la vía pública y trasladado hacia la playa de remoción.
Allí, el vehículo desapareció sin ninguna explicación. En tal sentido, los magistrados coincidieron en que "no existen dudas en esta instancia de que la demandada secuestró el rodado del actor en cumplimiento de la ley 342, ni tampoco que tal vehículo desapareció sin efectuarse antes la intimación".
La ley 342, en su artículo segundo, determina que la intimación al propietario o a quien se considere con derecho al automotor para retirar el vehículo deberá realizarse en un plazo de diez días, bajo apercibimiento de removerlo e ingresarlo a un depósito del Gobierno de la Ciudad.
El 10 de enero de 2001, el camionero conducía el vehículo y fue embestido en la parte trasera. El rodado fue remolcado hasta las calles Holmberg y Juramento para esperar la revisión de la compañía aseguradora. Más tarde, el titular concurrió al lugar, pero no encontró el camión, el cual había sido trasladado a la Playa Espora.
El demandante "constató la presencia de su vehículo y comunicó que carecía de medios económicos para retirarlo, debiendo dejarlo depositado hasta tanto se cumpliera con la prueba pericial pedida en los autos que inició con motivo de aquel accidente". Una vez finalizado el trámite, el actor se dirigió a la playa, aunque el camión había desaparecido.
El fallo aclara que "si bien transcurrió un plazo excesivo hasta que el actor reclamó su camión, la autoridad administrativa debió mantenerlo en depósito hasta tanto cumpliera con la intimación". El camionero deberá ser indemnizado con 65.000 pesos más intereses desde 2001.
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