La Corte Suprema Limita Criterio de Actualización de las Jubilaciones
En un fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se limitó la actualización automática de las jubilaciones, dejando sin efecto una sentencia que ordenaba extender a un jubilado el ajuste del  Caso Badaro. De esta manera, al analizar la resolución de la Sala II de la Cámara Nacional de la Seguridad Social por la demanda presentada por el jubilado Rafael Cirillo, la Corte decidió otorgarle razón a la ANSeS acotando su propia jurisprudencia. En la resolución adoptada en el caso Badaro en noviembre de 2007, la Corte Suprema ordenó que fuesen aumentados en un 88,6 por ciento los haberes jubilatorios del demandante a raíz de la falta de aumento de las jubilaciones entre 2002 y 2006, basándose para ello en la evolución de los salarios del INDEC. Al momento de resolverse la situación de Cirillo en primera instancia, este obtuvo un ajuste menor al que le hubiera correspondido en caso de aplicarse la doctrina del fallo Badaro, el cual no fue apelado. Sin embargo, luego del recurso ante la Cámara presentado por la ANSeS en dicho caso, los camaristas señalaron que correspondía aplicar al mismo la jurisprudencia de la Corte, debiéndose seguir incrementando los haberse hasta que fuese sancionada la ley de movilidad jubilatoria. Los camaristas, argumentaron su decisión sosteniendo que Cirllo no podría adivinar en el momento en que su causa se encontraba tramitando en instancias inferiores, que la Corte establecería una nueva postura con el fallo Badaro. En tal sentido, los camaristas determinaron que correspondía extender al caso Cirillo la garantía de movilidad jubilatoria por ser la misma irrenunciable. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió ratificar la sentencia de primera instancia donde se había resuelto el conflicto mediante la aplicación de otro método, el  cual había sido consentido por el jubilado. La Corte, sostuvo que el fallo de primera instancia había sido consentido por el demandante, a la vez que la resolución de la Cámara de extender en el tiempo la aplicación del criterio establecido en el fallo Badaro, no había tenido en cuenta los incrementos jubilatorios que habían sido dispuestos por el Gobierno, con el fin de determinar si el demandante había sufrido algún perjuicio en su haber.     

 

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