La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió mantener la medida cautelar que suspendía la aplicación del artículo 161 de la Ley 26.522 –de Medios Audiovisuales- hasta el próximo 7 de diciembre de 2012.
Cabe señalar que la normativa establece la obligación de desinvertir en un plazo máximo de un año para aquellas empresas que superan el tope de la regulación vigente.
En tal sentido, si a partir del 7 de diciembre los grupos no realizan lo ordenado por la ley, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) podrá instar a que las compañías desinviertan.
La medida, que contó con decisión unánime, fue firmada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni.
De esta manera, se aceptó el plazo de treinta y seis meses fijado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal pero se tomó como fecha de inicio de la medida cautelar el 28 de diciembre de 2011.
El reclamo que originó el pronunciamiento de la Corte con respecto al asunto había sido presentado por el Grupo Clarión S.A., Cablevisión S.A., Multicanal S.A., Radio Mitre S.A., Arte Radiotelevisivo Argentino y Teledigital Cable S.A.
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