Por medio de la Resolución N° 1124/2026 (la “Resolución”), vigente desde el 8 de abril de 2026, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) sometió a consulta pública un proyecto de resolución mediante el cual se propone incorporar un régimen especial aplicable a Fondos Comunes de Inversión Abiertos con estructura de Exchange Traded Funds (“ETF”).
En particular, el proyecto prevé la incorporación de una nueva Sección VII al Capítulo VII del Título V de las Normas CNV (N.T. 2013 y mod.), destinada a regular los ETF, definidos como aquellos fondos abiertos que replican, mediante una gestión pasiva, el comportamiento de un determinado índice bursátil o financiero o de una canasta de activos, cuyas cuotapartes cuentan con oferta pública y negociación secundaria en mercados autorizados por la CNV.
El régimen proyectado establece, entre otros aspectos:
- Criterios que deben cumplir los índices de referencia, incluyendo requisitos de transparencia, reglas objetivas de cálculo, metodología pública y ausencia de ajustes retroactivos.
- La obligación de que la denominación del fondo incluya la expresión “FCIA ETF” junto con la identificación del índice de referencia.
La incorporación de participantes específicos en la operatoria del ETF, tales como el Participante Autorizado, encargado de la suscripción y rescate de cuotapartes, y el Hacedor de Mercado (Market Maker), responsable de proveer liquidez en la negociación secundaria. - La posibilidad de replicar el índice de referencia mediante replicación física, sintética o mixta, siempre que los activos que integren la cartera cuenten con oferta pública en la República Argentina y se negocien en mercados autorizados.
- Requisitos específicos respecto del contenido del reglamento de gestión y del prospecto de emisión, incluyendo advertencias de riesgo, descripción del índice de referencia, metodología de replicación, procedimiento de colocación primaria y régimen de comisiones y gastos.
La fecha límite para realizar comentarios es el 29 de abril de 2026.
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