Inasistencias laborales: se podrán justificar por cuidado de hijos e hijas en edad escolar

En fecha 12 de febrero de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial la resolución número 60/2021 dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la cual regula las condiciones para que se consideren justificadas las inasistencias laborales en virtud del cuidad de hijos en edad escolar para el ciclo lectivo 2021.

 

La resolución considera justificada la inasistencia del progenitor o persona adulta responsable a cargo de un menor de edad en las siguientes situaciones:

 

  • Los días que el menor no concurra a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo;
  • Los días que concurra con una jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada normal y habitual del establecimiento educativo.

Para poder acogerse a esta dispensa, es necesario que el empleado le presente una declaración jurada al empleador con los siguientes datos:

 

  • Datos del niño, niña o adolescente;
  • Instituto educativo al que concurre;
  • Grado o año que cursa en la actualidad;
  • Régimen de presencialidad que haya dispuesto dicha institución educativa.
  • Declaración jurada que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado de ese niño, niña o adolescente cuando el mismo no puede concurrir de manera presencial al horario habitual de cursada.

Por Pablo Calaza, Nicolás Rowinski y Yamila Lombard

 

 

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