Frases indecorosas e injuriosas en la contestación de demanda

La causa "D. L., A. A. c/Vitrificadora Tablada S.A. y otros s/Ordinario" llegó a la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto por la codemandada Vitabglass SRL contra la decisión que ordenó testar ciertas frases utilizadas por ella en ocasión de contestar demanda, por considerarlas "indecorosas e injuriosas".

 

La Sala referida recordó que se entiende por "frase injuriosa o redactada en términos indecorosos u ofensivos", a aquella que "persiga una finalidad agraviante tanto respecto de los jueces cuanto de las otras partes o de sus auxiliares".

 

Los camaristas continuaron explicando que debe tratarse "de un exceso serio de lenguaje, pues solo ante ello corresponde ordenar tachar las frases que no se compadecen con el clima que debe reinar en el proceso".

 

En oportunidad de contestar demanda, la mencionada codemandada refiriéndose a su contraria, dijo "haciendo gala de una alarmante ignorancia", y opinó que "sería conveniente que V.S. desasne al actor". 

 

Para los magistrados resultó evidente que tales manifestaciones "no guardan el decoro y respeto que debe existir entre los litigantes, y también sus letrados, durante la tramitación del proceso". 

 

El 15 de abril los Dres. Heredia y Vassallo rechazaron la apelación interpuesta.

 

 

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