Fallo Ordena Reglamentar Norma para Conservar el Número de Celular
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, ratificó una resolución de primera instancia, en la que se le exige al Poder Ejecutivo, la reglamentación dentro del plazo de 90 días, de una norma que garantiza la portabilidad del número en la telefonía móvil. La causa, se había iniciado luego de una acción colectiva presentada por la Unión de Usuarios y Consumidores, quienes solicitaban que se ponga en práctica la normativa que contempla la portabilidad numérica en la telefonía móvil. El juez de primera instancia, Enrique Lavíe Pico, había hecho lugar a dicha acción colectiva, decisión que fue ratificada por la Cámara. Según resaltaron los camaristas, en el artículo 30 del Reglamento Nacional de Interconexión, aprobada por el Decreto Nº 764/00, se establece la obligación que posee el Poder Ejecutivo, de reglamentar el régimen de portabilidad numérica de los usuarios del servicio de telecomunicaciones. En tal sentido, remarcaron que la omisión de reglamentar tal normativa no puede constituir un obstáculo a su operatividad, produciéndose un desconocimiento de la obligación asumida por el Estado, en caso de interpretar tal normativa con carácter enunciador.

 

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